26 Junio 2026

Radio Bíobio | Académico de Derecho César Vargas analiza el cargo por servicio que encarece las compras

En un reportaje de BioBioChile, César Vargas, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Andrés Bello, analizó el marco jurídico que regula el cobro del cargo por servicio en la venta de entradas, enfatizando la importancia de la transparencia hacia los consumidores y la necesidad de avanzar en una regulación más específica.

Cada vez que una persona compra una entrada para un concierto, evento deportivo o espectáculo masivo, el valor final incluye un concepto que suele generar dudas entre los consumidores: el cargo por servicio. Aunque este cobro forma parte habitual del proceso de compra, su funcionamiento y regulación continúan siendo motivo de debate.

En ese contexto, el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Andrés Bello, César Vargas, participó en un reportaje de BioBioChile para explicar los alcances legales de este mecanismo y los derechos que asisten a los consumidores frente a este tipo de cobros.

El especialista señaló que, desde la perspectiva jurídica, el cargo por servicio corresponde a la remuneración que reciben las plataformas de venta de entradas por la intermediación que realizan entre el organizador del evento y el público.

«El cargo por servicio no es irregular, sino que corresponde a la retribución que perciben las plataformas o intermediarios por la gestión o uso del servicio que prestan», explicó Vargas.

El académico precisó que la normativa chilena pone especial énfasis en el deber de información que tienen los proveedores respecto de este tipo de cobros. En ese sentido, recordó que el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha desarrollado criterios interpretativos que buscan fortalecer la transparencia en la relación con los consumidores.

«El Sernac ha establecido criterios claros», afirmó, destacando como ejemplo la Circular Interpretativa sobre derechos de los consumidores en los servicios de transporte aéreo de pasajeros, la que enfatiza el deber de entregar información veraz, completa y oportuna, incluso mediante herramientas que permitan transparentar la composición de los cobros.

Vargas agregó que estos criterios no son exclusivos del mercado de los espectáculos. Como referencia, mencionó la regulación aplicada a la comercialización de cigarrillos, donde el SERNAC reconoce que puede existir un cobro adicional cuando el consumidor paga con tarjeta, siempre que este sea informado previamente.

«Los vendedores de cigarrillos pueden fijar un cobro por servicio en el evento de que el consumidor pague con tarjeta, siempre y cuando informe veraz y oportunamente que dicha forma de pago acarrea un cobro adicional», explicó.

Desde esta perspectiva, el académico sostuvo que el funcionamiento de un sistema de libre mercado permite que los proveedores definan sus estructuras de precios conforme a sus modelos de negocio, siempre respetando los principios de transparencia.

«En un sistema de libre mercado, los proveedores cuentan con cierta libertad para determinar sus precios conforme a su estructura de costos y modelo de negocios. Esto explica que el cargo por servicio pueda variar entre distintos proveedores o incluso entre distintas transacciones, sin que ello implique necesariamente una infracción, siempre que se respete el deber de información y transparencia hacia el consumidor», indicó.

No obstante, Vargas advirtió que la legislación chilena aún presenta espacios de mejora respecto de este tipo de cobros. Si bien existe un marco general de protección al consumidor, considera que la regulación actual no aborda de manera específica los cargos por servicio que aplican distintos mercados.

«No existe una regulación específica y detallada sobre los denominados cargos por servicio en la mayoría de los mercados, más allá de ciertos ámbitos particulares en que sí se han desarrollado criterios más precisos», señaló.

En esa línea, concluyó que el país enfrenta el desafío de fortalecer su marco normativo para entregar mayor certeza tanto a consumidores como a proveedores.

«Si bien existe un marco general de protección basado en el deber de información y transparencia, no hay una regulación integral ni una fiscalización suficientemente específica respecto de este tipo de cobros. Esto permite sostener que existe una necesidad de desarrollo legislativo en la materia», concluyó.

La participación de César Vargas en este reportaje aporta una mirada jurídica sobre un tema de interés cotidiano para los consumidores, contribuyendo a comprender los principios legales que regulan el cobro por servicio y los desafíos que enfrenta la normativa chilena para compatibilizar la libertad de mercado con una adecuada protección de los derechos de quienes adquieren bienes y servicios.