Mi Radio-TV | ¿Existe alguna ley que proteja a una víctima de “funas” en redes sociales?
Valeska Fuentealba Sepúlveda, académica de la Escuela de Derecho, UNAB Sede Viña del Mar, se refirió a si existen leyes en nuestro país que protejan a una víctima de “funas” en redes sociales. Mi Radio-TV, 23 de agosto de 2023.
Con respecto al uso de redes sociales para atacar a personas, conocidas como «funas», hay que distinguir a qué clase de ataque nos referimos. Valeska Fuentealba Sepúlveda, académica de la Escuela de Derecho, UNAB Sede Viña del Mar, menciona que si el ataque consiste en publicaciones que tienen por objeto desacreditar (“funar”) a alguien, las conductas podrían eventualmente constituir los delitos de injurias o calumnias, consagrados en el Código Penal.
«Esta ley no solo regula conductas realizadas por redes sociales, sino que cualquier clase de acto comunicativo (oral o escrito) que, cumpliendo con ciertos requisitos, afecte el honor de una persona», expresó la profesional. Asimismo, indicó la académica que «si bien la pena será mayor si hay publicidad, lo cierto es que es difícil perseguir la responsabilidad penal de quien comete dicho delito, debido a que, para iniciar el proceso, se requiere presentar una querella (y, por tanto, contar con un abogado) y someterse a un procedimiento breve, donde la persona imputada podrá dar explicaciones satisfactorias de su conducta o podrá instarse a la conciliación (esto es, acuerdo al que llegan las partes con la colaboración del juez). Por las penas que tienen estos delitos, difícilmente la persona que los comete se verá privada de libertad, por lo que hay una serie de desincentivos para perseguir la responsabilidad penal del autor de las publicaciones injuriosas o calumniosas».
Visite entrevista completa en Mi Radio-TV, 23 de agosto de 2023.