09 Julio 2024

Emol | Programa de testigos protegidos: Cómo funciona, las medidas y resguardos que se implementan

En torno a las implicancias que posee el programa de testigos protegidos y las aclaraciones emitidas por la Fiscalía Nacional ante el reciente caso ocurrido en la comuna de Lampa, la Dra. Agustina Alvarado, académica de Derecho Procesal Penal de la Escuela de Derecho UNAB, Sede Viña del Mar, profundizó en el tema. Emol, 05 de julio del 2024.

En la madrugada del 5 de junio se encontraron dos cadáveres en la comuna de Lampa, correspondientes a dos hombres entre 20 y 25 años, de nacionalidad venezolana, que fallecieron luego de que fueron acribillados. De acuerdo con un reportaje, se mencionó que se trataría de testigos protegidos del Ministerio Público en una causa de crimen organizado. La noticia causó gran revuelo, por lo que significaba. Sin embargo, rápidamente la Fiscalía Nacional aclaró que no estaban siendo parte de ningún programa de protección al momento de ocurridos los hechos.

Sistema de testigos protegidos

La organización depende del Ministerio Público, específicamente de la División de Víctimas y Testigos de la institución. Teniendo como objetivo adoptar medidas de protección que no impliquen una restricción de los derechos del imputado.

En este sentido, la Dra. Agustina Alvarado, académica de la Escuela de Derecho de la Universidad Andrés Bello, Sede Viña del Mar, puntualizó que “Entre las medidas de protección no física, han sido en general la reserva de identidad, la prohibición de difusión de datos significativos y la ocultación de la ubicación. Por otro lado, entre las medidas de protección físicas, se comprenden la escolta a diligencias en vehículos oficiales, la disposición de un lugar especial de espera de las diligencias en que deban intervenir con su debida custodia y, como medida más intensa el traslado a un punto diverso e incluso la entrega de una nueva identidad”.

Asimismo, señaló que, en Chile, todo testigo tiene un estatuto de medidas de protección. “Tradicionalmente, la ley ha admitido que se reserve su domicilio al momento de identificarse en juicio o para solicitar su citación”.

Visite la nota completa publicada en Emol, 05 de julio del 2024.