27 Noviembre 2025

Radio Bíobío | Entrevista a académico Maximiliano Otto (Derecho) por prohibición de multipropiedad en Sociedades Anónimas Deportivas

La medida sobre eliminar totalmente la multipropiedad busca evitar que una misma persona natural o jurídica tenga participación en más de una institución profesional de forma simultánea en un misma competición y categoría, con el fin de garantizar transparencia, competencia justa e independencia de los clubes

El académico de Derecho, sede Santiago, de la Universidad Andrés Bello, Maximiliano Otto, se refirió a la aprobación de la Comisión de Constitución del Senado a modificar la ley que pone fin a la multipropiedad en los clubes del fútbol chileno. 

La medida sobre eliminar totalmente la multipropiedad busca evitar que una misma persona natural o jurídica tenga participación en más de una institución profesional de forma simultánea en un misma competición y categoría, con el fin de garantizar transparencia, competencia justa e independencia de los clubes.

En conversación con Radio Bío Bío, Maximiliano Otto usó como ejemplo el caso de Everton de Viña del Mar, club chileno controlado por el Grupo Pachuca, conglomerado mexicano, afirmando que “el artículo 21 de la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas permite la multipropiedad hasta un 5% de las acciones con derecho a voto y se establecen sanciones si se excede este porcentaje”. 

Otto expuso que “si hay un exceso de multipropiedad mayor al 5%, el artículo 21 establece ciertas sanciones como que el porcentaje de exceso no va a tener derecho a voto cuando haya una junta pertinente. La segunda sanción establece que en un plazo de seis meses se tiene que vender el exceso de acciones y si no cumple con la venta, se le aplicará una multa que va de entre las 10 y las 100 UTM. Y en caso de reincidencia se aplicarán 200 UTM”. 

Pese a ello, el abogado reflexionó que “el Senado está avanzando en este tema, pero hay una cuestión que no queda clara o si se eliminó de fondo. El artículo 21 actual prohíbe la multipropiedad respecto de Sociedades Anónimas Deportivas que ejerzan la misma actividad y categoría Hay que ver los detalles de este punto. Si esto no se elimina, podríamos dar cuenta que el Grupo Pachuca podría tener clubes tanto en Primera y Segunda División”. 

En otros pasajes, el académico UNAB apuntó que “este proyecto también contempla la obligación de transparentar la composición accionaria de las personas jurídicas o naturales de las personas que están en los clubes”. 

Maximiliano Otto apuntó que esta ley busca “sentar cimientos respecto a la función de todos los órganos y que la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) no sea un señor de todo”. 

“El espíritu de la ley es evitar el secreto a voces de que hay ciertos accionistas que tienen multipropiedad, pero no en los rangos que establece la ley y que actúan por medio de palos blancos, de terceras personas, para efectos de manejar los clubes deportivos. Ese es el espíritu de la ley”, resaltó el docente de Derecho de la Universidad Andrés Bello. 

“La idea es tratar de limitar la participación en distintos clubes, ya que no se está respetando la independencia de los clubes, y también hay decisiones estratégicas que afectan a los accionistas menores de los clubes deportes”, cerró Maximiliano Otto