22 Junio 2021

Primera sesión de Convención Constitucional requerirá de diálogo y negociación

Boris Fiegelist, director de la carrera de Derecho de la sede Concepción, analiza el proceso que inicia este 4 de julio con la reunión de los convencionales que requerirá de amplios acuerdos para lograr una Constitución representativa y reconocida por los chilenos.

Con la firma del decreto que convoca a la primera sesión de la Convención Constitucional se inicia este 4 de julio el proceso de elaboración y redacción de la nueva carta magna. El órgano tendrá un plazo de nueves meses, prorrogables por tres adicionales, para aprobar el texto final. Una vez aprobado, habrá un plazo de 60 días para realizar un plebiscito que aprobará o rechazará la nueva Constitución. 

Para el director de la carrera de Derecho de la sede Concepción, Boris Fiegelist, la creación de una nueva constitución “representa la negociación más compleja que como sociedad nos ha tocado enfrentar en las últimas décadas, pues el objeto de la misma es nada menos que el marco jurídico que orientará el desarrollo de Chile en los próximos 50 años”.

La dificultad de dicho proceso, asegura el académico, por una parte, radica en el hecho que dicha negociación se llevará a cabo entre una multiplicidad de partes con agendas e intereses muy diversos; y, por otra, por el gran número y variedad de materias que deberán ser acordadas.

«Resultará clave el procedimiento para la toma de decisiones que establezca el reglamento de funcionamiento del futuro órgano constituyente, el cual debe contener los incentivos necesarios para fomentar la adopción de acuerdos lo más amplios posible”.

 

La Convención Constitucional está compuesta por 155 integrantes y de manera paritaria por hombres y mujeres. Además, incluye la representación de los pueblos originarios mediante 17 escaños reservados: Siete para el pueblo mapuche, dos para el pueblo aimara y uno para kawésqar, rapanui, yagán, quechua, atacameño, diaguita, colla y chango.

“Es muy probable que la incidencia de ciertos sesgos conductuales, tales como la devaluación reactiva (esto es, la tendencia de las personas a evaluar más negativamente una idea por el mero hecho de que provenga de quien perciben como su adversario) o el sesgo de la confirmación (que implica que los sujetos tienden a dar mayor peso a las ideas o argumentos que ratifican sus concepciones previas por sobre aquellas que las contradicen), induzcan a una mayor polarización de las posiciones de las diversas partes de dicho proceso de negociación”, analiza Fiegelist.

“Para sortear exitosamente las dificultades antes descritas –detalla el director de carrera-, resultará clave el procedimiento para la toma de decisiones que establezca el reglamento de funcionamiento del futuro órgano constituyente, el cual debe contener los incentivos necesarios para fomentar la adopción de acuerdos lo más amplios posible”.