La Facultad de Derecho presentó el Seminario “Migración, explotación laboral y Derecho penal”
Esta actividad se realizó al alero de un proyecto FONDECYT del académico Dr. Juan Pablo Castillo. Durante el seminario un grupo de 4 especialistas abordó distintas temáticas en torno a la migración, la explotación laboral y el Derecho Penal revisando el marco legal existente.
El jueves 28 de abril a las 16:00 horas la Facultad de Derecho presentó en su sede Bellavista el Seminario “Migración, explotación laboral y Derecho penal”.
La actividad fue organizada por el Magíster en Derecho penal y procesal penal, y corresponde al cierre del primer año de ejecución del proyecto FONDECYT de iniciación “Insuficiencias dogmáticas a nivel penal y laboral a propósito del trabajo de migrantes en Chile. Análisis del artículo 411 quater del Código penal y una propuesta de lege ferenda”, del que es investigador responsable el profesor Dr. Juan Pablo Castillo Morales.
Durante el seminario se presentaron adicionalmente tres especialistas: el Dr. Antonio Martins (Universidad Rio de Janeiro, Brasil) quien presentó el tema “Migración y populismo penal”; el Dr. Christian Scheechler (Universidad Católica del Norte) con su exposición “Quiénes eran/son sujetos pasivos en el delito de tráfico de migrantes”; y la Dra. (c) Tania Gajardo (Universidad Católica de Chile) quien presentó “Derogación de los tipos penales migratorios: un aspecto relevante de la nueva ley de migración”.
Derecho Penal del Trabajo
Por su parte el Dr. Juan Pablo Castillo Morales, expuso el tema “El problema del estatus epistemológico del Derecho penal del trabajo en Chile”. El objetivo de esta presentación fue responder la pregunta de a qué nos referimos cuando hablamos del Derecho penal del Trabajo.
El diagnóstico del investigador apunta a que esta pregunta no ha sido explorada lo suficiente a nivel nacional y que una de las posibles razones es «que el sustrato constitucional de lo que significa ser trabajador en Chile no está bien construido, de lo que se sigue un silencio o falta de conciencia jurídico-penal del modo en que ciertos derechos de los trabajadores pueden constituir bienes jurídicos merecedores de protección penal”.
Adicionalmente, el académico sostuvo que una explicación adicional del estado de la cuestión sea, por un lado, la baja percepción social de carácter delictivo de este tipo de infracciones (y del carácter de delincuente de su autor), de lo que se sigue que esa misma percepción considera suficiente una reacción estatal menos intensa, de tipo administrativo; y, de otro, la baja autopercepción del trabajador como víctima de infracciones penalmente relevantes, muchas veces alimentada por el temor a perder el trabajo.