12 Marzo 2026

La Segunda | Carta de Alejandro Leiva: certeza penal

"Tratándose de personas mayores que padecen demencia, el Código Procesal Penal ya contempla la posibilidad de modificar la pena por una medida de seguridad", señala Alejandro Leiva, académico de Derecho UNAB.

La acalorada discusión en torno al proyecto de ley sobre cumplimiento alternativo de penas debe tener presente estos tres aspectos fundamentales.

Primero, que se trata de un mero proyecto y que, por tanto, recién comienza su tramitación.

Segundo, que tratándose de personas mayores que padecen demencia, el Código Procesal Penal ya contempla la posibilidad de modificar la pena por una medida de seguridad cuyo cumplimiento, por disposición expresa, ha de ser fuera de la cárcel. Esta regla es aplicable a toda persona, con independencia del delito cometido.

Y tercero, que el principio general que ha de regir el sistema de penas en Chile ha de ser el de su cumplimiento efectivo.

Por ello es que las leyes sobre cumplimiento alternativo, los indultos y amnistías, entre otras numerosas excepciones, tienden a socavar la certeza de la ley penal y el efecto disuasivo que fundamenta su imposición.

Alejandro Leiva López, Profesor de Derecho Penal, Universidad Andrés Bello.