08 Marzo 2020

Como experto en materia de acceso a la información, profesor Jorge Astudillo, fue invitado a exponer en Universidad de Salamanca

A través de su exposición, el académico de Derecho Viña del Mar, reflexionó en torno a la imposibilidad de que el derecho de acceso a la información pública, tanto en Chile como en España, sea exigido a todos los órganos de la administración del Estado, sino solo a aquellos que ejercen función administrativa. En ese sentido, destacó el rol, fiscalizador y garantista que el Consejo para la Transparencia ejerce en Chile.

Con el propósito de abordar aspectos centrales de las leyes de acceso a la información pública, tanto chilena como española, el profesor de Derecho Viña del Mar, Dr. Jorge Astudillo, fue invitado por la Universidad de Salamanca a exponer en el “Programa de Doctorado en Estado de Derecho y Gobernanza Global” que imparte esta casa de estudios europea.

La actividad, tuvo lugar el pasado mes de febrero y en ella el profesor Astudillo, presentó la exposición titulada «Análisis comparativo de las leyes de acceso a la información pública chilena y española» en línea con su agenda de investigación centrada en temas relacionados con la lucha contra la corrupción, la transparencia y el acceso a la información pública en el marco del sistema democrático. Exposición en la que valoró la existencia de legislaciones relativas al acceso a la información publica como una fortaleza de ambos estados.

“El derecho de acceso a la información pública es concebido (tanto en Chile como en España) como un derecho de rango legal. Sin la protección constitucional el derecho de acceso es configurado y regulado por el legislador con un importante margen de maniobra, lo que hace por ejemplo, que no pueda ser exigido respecto de todos los órganos del Estado sino solo de la Administración”, explicó Astudillo.

En relación con el ámbito de aplicación de la Ley de Acceso a la información Publica chilena y española, criticó que en ambos casos el derecho de acceso a la información pública no se puede exigir a todos los órganos del Estado, sino solo a aquellos que ejercen la función administrativa.

“El ejercicio del poder político no solo corresponde a la Administración Pública, sino a todos los órganos del Estado, los que deben ser objeto de control en sus actuaciones, por lo que, consideramos no se justifica este reduccionismo, el que es incompatible con los fines propios de este tipo de legislaciones”, señaló el académico.

En este contexto, el académico de la UNAB, concluyó que a pesar de las deficiencias, la ley chilena se encuentra mejor perfilada que la española y la clave de ello se encuentra en el rol que se le entrega en Chile al Consejo para la Transparencia en sus roles de promoción de la cultura de la transparencia en nuestra sociedad, fiscalizador y de garantía.

Escrito por Natalia Cabrera