Conversatorio sobre Ley Karin en Derecho UNAB
La recientemente promulgada Ley Karin y sus implicancias fueron el tema de análisis de un conversatorio organizado por la Facultad de Derecho UNAB y que contó con las exposiciones de dos profesionales relacionados con el área laboral.
El 1 de agosto entró en vigor la Ley 21.643, más conocida como Ley Karin, norma que busca crear un entorno laboral más seguro y equitativo, previniendo, investigando y sancionando el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Sobre esta ley y su implementación se reflexionó en el conversatorio “Ley Karin y las implicancias de su entrada en vigor”, actividad de la Facultad de Derecho UNAB y que fue moderada por su secretario académico, Javier Aeloiza.
El académico de Derecho Laboral y Derecho Procesal Laboral de la Facultad, Javier Soto, se refirió a la teoría de esta ley, además de las obligaciones laborales que se relacionan con esta.
“Esta ley lo que hace es perfeccionar y reforzar los conceptos de acoso laboral, acoso sexual e incorporar la violencia en el trabajo. Además, establece que no es necesario que las conductas que se buscan sancionar sean reiterativas, solo basta que se manifiesten una sola vez”, explicó el abogado.
La segunda arista de esta ley tiene relación con la prevención y, por lo tanto, las obligaciones para el empleador con sus trabajadores, que se plasman en un reglamento que contiene determinados protocolos a implementar.
“La implementación de estos protocolos de prevención es lo relevante, ya que no basta con elaborar este reglamento y que quede guardado. Es importante dar a conocer a los trabajadores las consecuencias y riesgos asociados a dichas conductas, tanto para ellos como para la empresa. Informando y capacitando se puede empezar a prevenir”, agregó.
Soto, quien también es director del Área Laboral en SS Abogados, manifestó que lo que busca esta ley es generar un cambio cultural dentro de las empresas para que se experimenten ambientes laborales preventivos.
“En mi opinión, esta ley trae un sinnúmero de desafíos. Hay quienes creen que debe ser complementada y otros opinan que viene a reforzar situaciones que ya estaban reguladas en nuestra normativa, pero su importancia es el aspecto preventivo”, finalizó.
No todo es Ley Karin
Por otra parte, la inspectora comunal del Trabajo de Providencia, Daniela Allende, se refirió a los procesos que debe llevar a cabo la Inspección del Trabajo para investigar las denuncias, pero partió recalcando la importancia de saber diferenciar lo que está dentro de la Ley Karin y lo que constituyen infracciones laborales o conductas indebidas.
“Esta normativa entró con muchas expectativas en la sociedad, pero no todo se considerará en esta ley, por ejemplo, la investigación sobre cámaras de seguridad que pudiesen vulnerar a trabajadores. Eso se norma a través de un proceso antiguo que la Dirección del Trabajo lo regula a través de la circular 28”, detalló.
“Todos los principios del Derecho Laboral están en esta normativa, agregándose algunos como la revictimización, lo que es muy importante porque hay que evitar que la persona siga reviviendo un hecho traumático o de violencia”, explicó Allende, quien también destacó el debido proceso como otro principio fundamental.
Al finalizar su exposición, recalcó la importancia de que las medidas correctivas que se establecen no solo tienen que ser enfocadas en el trabajador vulnerado, sino también en mejorar el ambiente de trabajo.
“Cualquier tipo de violencia ocurrida, aunque sea a una sola persona, enturbia los ambientes y se tiene que reestablecer ese derecho. Ese es el objetivo de esta normativa”, concluyó.