26 Junio 2025

Contador Auditor UNAB realizó charla sobre transferencias bancarias y cumplimiento tributario

Funcionario del SII explicó que la norma busca fiscalizar las actividades del comercio informal.

En virtud de facilitar que el Servicio de Impuestos Internos (SII) pueda hacer un control más efectivo sobre la elusión y evasión fiscal, en 2022 se dictó la Ley N°21.453, normativa que introdujo importantes modificaciones en el cumplimiento de las obligaciones tributarias en Chile, especialmente en lo que respecta a los medios de pago y la trazabilidad de las operaciones entre contribuyentes.

Es por la relevancia de esta ley que la Escuela Contador Auditor de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad Andrés Bello realizó la charla “Transferencias bancarias en la Ley de Cumplimiento de obligaciones tributarias», dictada por Sebastián Briceño Labra, Administrador Público y fiscalizador tributario de la Dirección Regional Metropolitana Oriente del SII.

El director de la Escuela Contador Auditor, profesor Roberto Carvajal, explica que «esta charla se enmarca en la necesidad de comprender las implicancias legales y prácticas de dicha normativa, con especial énfasis en el uso obligatorio de transferencias electrónicas bancarias como mecanismo válido de pago para respaldar operaciones sujetas a obligaciones tributarias».

Esta charla, dirigida a estudiantes de la carrera, egresados y profesionales del área, es fundamental porque aborda una de las reformas recientes más relevantes en materia tributaria, apunta el profesor Carvajal.

Fiscalizar las actividades del comercio informal

Durante el desarrollo de esta actividad que se realizó de manera virtual, Briceño explicó -y fue enfático en reiterarlo- que la normativa sobre transferencias bancarias tiene por objeto fiscalizar las actividades vinculadas al comercio informal; es decir, a quienes no pagan los impuestos que deberían por sus actividades comerciales.

Es por esa razón que la ley permite -aclaró el funcionario del SII- que el ente fiscalizador detecte quién cumple con sus obligaciones tributarias, de manera de focalizarse en quienes venden servicios o productos y no emiten los documentos correspondientes.

Briceño precisó que el SII pide a los bancos que informen cuando una persona recibe más de 50 abonos mensuales, o 100 semestrales, desde distintos RUT.

Exentos a la norma quedan las personas que reciben transferencias que no guardan relación con venta de servicios o productos.

Un caso habitual, comentó Briceño, son los tesoreros de los cursos.

Es por ello, y más allá de lo que trate, llamó a que todos nos eduquemos en pedir los documentos que acrediten una venta.

Finalmente, desde la Escuela Contador Auditor, y de cara a los estudiantes que se están formando en la materia, enfatizan que la correcta aplicación de esta normativa incide directamente en la validez de los gastos para efectos tributarios, en la trazabilidad de las operaciones y en la responsabilidad fiscal tanto de personas naturales como jurídicas. Comprender su alcance permite evitar sanciones, rechazos de gastos, fiscalizaciones innecesarias y errores en la declaración.